ONPE publica formatos para aportes y gastos de campa?a de proximas Elecciones
Nota de prensa
15 de abril de 2015 - 12:00 a. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprob? y public? los formatos para el registro de aportes financieros y gastos de campa?a electoral por parte de las organizaciones pol?ticas que participar?n en las pr?ximas Elecciones, entre ellas, las Elecciones municipales complementarias del 5 de julio, las Elecciones municipales del 29 de noviembre, ambas en este Año y, las Elecciones generales de 2016.
Los formatos aprobados son: C?dula Central de Aportaciones/Ingresos de Campaña Electoral y C?dula Central de Gastos de Campaña Electoral, seg?n una resoluci?n de la Gerencia de Supervisi?n de Fondos Partidarios de la ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano.
En el formato C?dula Central de Aportaciones/Ingresos de Campaña Electoral las agrupaciones pol?ticas deber?n consignar informaci?n sobre aportaciones individuales en efectivo y en especie, ingresos por actividades de financiamiento proselitista, y otros ingresos de campa?a electoral.
Asimismo, en el formato C?dula Central de Gastos de Campaña Electoral se deber? brindar informaci?n financiera sobre los gastos de publicidad electoral efectuados en medios de comunicaci?n, otros gastos de publicidad electoral, informe cronol?gico de los m?tines de campa?a electoral (nuevo formato) y otros gastos de campa?a electoral.
La aprobaci?n de estos formatos permitir? recibir informaci?n ordenada y sistematizada de f?cil manejo y llenado por parte de las organizaciones pol?ticas, adem?s la informaci?n que se consigne en estos documentos servir? para llevar a cabo las acciónes de supervisi?n que correspondan. El objetivo fundamental es dar transparencia a los ingresos y gastos durante una campa?a electoral.
Los formatos han sido publicados en el portal institucional de la ONPE para el conocimiento y uso por parte de las organizaciones pol?ticas, y est?n disponibles en el siguiente enlace http://www.web.onpe.gob.pe/verificación-control-fondos-partidarios.html.
El art?culo 34 de la Ley de Partidos Pol?ticos se?ala que la ONPE debe realizar la verificaci?n y control externos de la actividad ecoN°mico-financiera de los partidos pol?ticos, los movimientos regionales y departamentales; y las organizaciones pol?ticas provinciales y distritales.
La ONPE, junto a los dem?s organismos electorales, ha planteado al Congreso de la Rep?blica un proyecto de reforma para fortalecer la verificaci?n y control de las finanzas partidarias, el cual incluye un cuadro de sanciones efectivas ante infracciónes a las disposiciones sobre la materia e, incluso, la p?rdida de la inscripci?n de la organizaci?n pol?tica por no cumplir una resoluci?n firme de sanci?n.
Los formatos aprobados son: C?dula Central de Aportaciones/Ingresos de Campaña Electoral y C?dula Central de Gastos de Campaña Electoral, seg?n una resoluci?n de la Gerencia de Supervisi?n de Fondos Partidarios de la ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano.
En el formato C?dula Central de Aportaciones/Ingresos de Campaña Electoral las agrupaciones pol?ticas deber?n consignar informaci?n sobre aportaciones individuales en efectivo y en especie, ingresos por actividades de financiamiento proselitista, y otros ingresos de campa?a electoral.
Asimismo, en el formato C?dula Central de Gastos de Campaña Electoral se deber? brindar informaci?n financiera sobre los gastos de publicidad electoral efectuados en medios de comunicaci?n, otros gastos de publicidad electoral, informe cronol?gico de los m?tines de campa?a electoral (nuevo formato) y otros gastos de campa?a electoral.
La aprobaci?n de estos formatos permitir? recibir informaci?n ordenada y sistematizada de f?cil manejo y llenado por parte de las organizaciones pol?ticas, adem?s la informaci?n que se consigne en estos documentos servir? para llevar a cabo las acciónes de supervisi?n que correspondan. El objetivo fundamental es dar transparencia a los ingresos y gastos durante una campa?a electoral.
Los formatos han sido publicados en el portal institucional de la ONPE para el conocimiento y uso por parte de las organizaciones pol?ticas, y est?n disponibles en el siguiente enlace http://www.web.onpe.gob.pe/verificación-control-fondos-partidarios.html.
El art?culo 34 de la Ley de Partidos Pol?ticos se?ala que la ONPE debe realizar la verificaci?n y control externos de la actividad ecoN°mico-financiera de los partidos pol?ticos, los movimientos regionales y departamentales; y las organizaciones pol?ticas provinciales y distritales.
La ONPE, junto a los dem?s organismos electorales, ha planteado al Congreso de la Rep?blica un proyecto de reforma para fortalecer la verificaci?n y control de las finanzas partidarias, el cual incluye un cuadro de sanciones efectivas ante infracciónes a las disposiciones sobre la materia e, incluso, la p?rdida de la inscripci?n de la organizaci?n pol?tica por no cumplir una resoluci?n firme de sanci?n.