ONPE ofrece apoyo y asistencia Técnica a los partidos políticos para realizar sus Elecciones internas

Nota de prensa

16 de setiembre de 2015 - 12:00 a. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) formalizo ante los partidos políticos oficialmente inscritos su disposicion de brindarles apoyo y asistencia Técnica en sus Elecciones internas para elegir candidatos a la Presidencia y vicepresidencias, Congreso de la Republica y Parlamento Andino de cara a los comicios generales de 2016.

El organismo electoral les remitio misivas recordando que en atencion a los plazos dispuestos por la Ley de Partidos Políticos vigente, deberan elegir a sus candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica del 13 de octubre al 21 de diciembre de 2015, y al Congreso de la Republica y al Parlamento Andino del 13 de octubre de 2015 al 20 de enero de 2016.

Considerando la proximidad del inicio del plazo de Elección de los candidatos de los partidos, la ONPE pidio a estas organizaciones políticas comunicarle en forma oportuna si desean contar con su asistencia Técnica y, de ser ese el caso, remitirles su Estatuto y Reglamento Electoral para formular recomendaciones sobre la regulacion de sus comicios internos y definir el cronograma electoral.

En todos los casos, las comunicaciones adjuntan un cronograma elaborado por la ONPE y validado por el JNE, con fechas y plazos de la legislacion electoral, a tener en cuenta en sus procesos de Elección de candidatos a las Elecciones Generales de 2016, asi como el formato de solicitud de asistencia Técnica.

En el marco de las competencias asignadas por la ley vigente, la ONPE brinda apoyo y asistencia Técnica en materia electoral a los partidos políticos, en la planificacion, regulacion, organización y ejecucion de sus procesos electorales, de Elección de candidatos y de delegados.

La Ley de Partidos Políticos precisa que, obligatoriamente, los candidatos a la Presidencia y vicepresidencias de la Republica, y al menos las cuatro quintas partes del total de candidatos a representantes al Congreso y Parlamento Andino, deben ser elegidos mediante Elecciones con el voto universal, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y no afiliados al partido; de solo afiliados; o a traves de los delegados elegidos por los organos partidarios.

La ley permite que solo hasta una quinta parte del total de candidatos al Congreso y Parlamento Andino pueda ser designada directamente por el organo del partido que disponga el Estatuto. Esa potestad no puede ser aplicada para el caso de los candidatos a Presidente o vicepresidentes, quienes deben ser necesariamente elegidos.

De acuerdo a la ley vigente, la Elección de los candidatos a cargos publicos de Elección popular es realizada por el organo electoral central de la organización politica, el cual debe estar conformado por un minimo de tres miembros y ser autonomo con respecto a los demas organos del partido político.

Este organo electoral central tiene a su cargo la realizacion de todas las etapas de los procesos electorales del partido, incluidas la convocatoria, la inscripcion de los candidatos, el computo de votos o la verificación del quorum estatutario, la proclamacion de los resultados y la resolucion de las impugnaciones.

Mas datos

Segun la propuesta de reforma presentada por los organismos electorales, las Elecciones internas de los partidos políticos se deberian realizar con la participacion obligatoria de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Jurado Nacional de Elecciones y el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.