ONPE: Adquieren 56 kits electorales para buscar revocatoria de 21 alcaldes de Lima Metropolitana

Nota de prensa

5 de agosto de 2016 - 12:00 a. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) reporto hoy la adquisicion, hasta la fecha, de 56 kits electorales por parte de ciudadanos que buscan promover la revocatoria de 21 alcaldes de Lima Metropolitana y de 18 autoridades de distritos de algunas provincias lime?as.

Estos kits fueron adquiridos entre el primero de junio y el 27 de julio del presente Año, con miras a la consulta popular de revocatoria que se desarrollara el 11 de junio de 2017. Hay casos en los se han adquirido mas de un kit para revocar una misma autoridad.

A nivel de la Municipalidad Provincial de Lima se adquirieron dos formatos de adherentes, uno el 9 de junio y el otro el 2 de julio. A su vez, en el ambito distrital se han adquirido kits para intentar que se lleven a cabo consultas populares de revocatoria de alcaldes ? y en algunos casos tambien regidores - de Ate, Bre?a, Chorrillos, Independencia, Los Olivos, La Molina, Pachacamac, Puente Piedra y Punta Negra.

Tambien en Pueblo Libre, Rimac, San Juan de Miraflores, San Luis, San Isidro, San Miguel, San Juan de Lurigancho, Surquillo, Santiago de Surco, San Martin de Porres y Villa El Salvador.

De todos estos distritos capitalinos, Punta Negra, Punta Piedra, Los Olivos, Rimac, San Juan de Lurigancho y Ate registran mas de un promotor de revocatoria.

Entre las autoridades que se quiere revocar tambien figuran alcaldes distritales de algunas provincia de Lima, tales como: Santa Eulalia y Ricardo Palma (Huarochiri); Zu?iga, Cayllo, Cerro Azul, Asia, Pacaran, Chilca e Imperial (Ca?ete); Vi?ac, Tupe, Azangaro, Lincha, Chocos, Madean, Omas, San Joaquin y Vitis (Yauyos).

La consulta se llevara adelante si la solicitud correspondiente esta acompa?ada del 25% de las firmas de los electores de cada circunscripcion y es finalmente admitida por ONPE . Solo se puede realizar una vez durante el periodo del mandato de la autoridad, y se realizara en el tercer Año.

Ademas, si una autoridad es revocada sera reemplazada y no sera necesario convocar a nuevos comicios. Si un gobernador regional es revocado sera reemplazado por el vice gobernador regional; pero si este fuera revocado sera sustituido por quien resulte elegido por el Consejo Regional entre sus miembros habiles, integrantes de la lista a la que pertenece la autoridad revocada, con votacion simple.

Si resultaran revocados el gobernador y vice gobernador regional, seran reemplazados por quienes elija el Consejo Regional entre sus miembros habiles integrantes de la lista a la que pertenecen las autoridades revocadas, con el voto favorable de la mitad mas uno del numero legal de los consejeros. De ser revocado un consejero regional su reemplazo sera el correspondiente accesitario.

En el caso de las autoridades municipales, si un alcalde es revocado sera reemplazado por el primer regidor accesitario en su misma lista; y si un regidor es revocado, completara su mandato el correspondiente accesitario de su lista.

La norma establece, ademas, que los promotores asi como la autoridad sometida a consulta deben rendir cuenta de los recursos que utilicen para promover u oponerse a la revocatoria.

Para conocer en detalle cuales son los requisitos para adquirir un kit de revocatoria asi como las normas que la regulan, puede ingresar a la pagina web de la ONPE en el siguiente enlace https://www.web.onpe.gob.pe/servicios/venta-kits/consulta-popular-revocatoria-autoridades/

Mas datos

No todos los kits de revocatoria que se adquieren terminan en una consulta popular de revocatoria de una autoridad municipal, provincial o distrital.

De los 4,505 kits vendidos a nivel distrital, entre 1995 y el 2014, solo 1,146 (25.4%) derivaron en la consulta popular efectiva de autoridades.

En el mismo periodo, de los 839 kits vendidos para revocar a autoridades provinciales, solo 11 terminaron en la consulta popular, es decir, solo el 1.3%.