ONPE solicita mas de S/. 14 millones para el financiamiento publico directo a los partidos durante el 2017

Nota de prensa

11 de setiembre de 2016 - 12:00 a. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) pidio incorporar en el Presupuesto 2017 el importe de S/.14?813,498.56 para hacer efectiva la entrega del financiamiento publico directo a seis organizaciones políticas con representación en el Congreso de la Republica, de conformidad al mandato de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N° 28094).

Dichos recursos solo podran destinarse a actividades de formación, Capacitación, investigacion y para solventar sus gastos de funcionamiento ordinario, es decir, los destinados a costear los bienes y servicios relacionados a las necesidades operativas y administrativas del partido político, preciso el jefe de la ONPE, Maríano Cucho Espinoza, durante su presentación ante la subcomision del Congreso de la Republica a cargo de la reforma electoral.

?Estos recursos constituyen una inversion, no un gasto, para el necesario fortalecimiento de las organizaciones políticas. Esto debe ser entendido como una inversion en democracia y de ninguna manera se podra usar para actividades de campa?a?, manifesto.

Ante los integrantes de la subcomision, refirio que el Proyecto inicial de Presupuesto General de la Republica presentado por el Ministerio de Economia al Congreso de la Republica no ha considerado los recursos para hacer efectivo dicho financiamiento, por lo que pidio al Legislativo incorporar este concepto en cumplimiento de las leyes vigentes y del proposito de la asignacion de estos recursos.

El financiamiento publico directo no habia sido entregado hasta la fecha, por haber estado supeditado a la disponibilidad de la caja fiscal; sin embargo, el 17 de enero de este Año el Congreso promulgo la Ley 30414, que modifico la Ley de Organizaciones Políticas, y que establece que esos recursos se otorgaran a partir del 2017, para lo cual el MEF debera adoptar la prevision y acciónes necesarias para su cumplimiento.

De acuerdo al articulo 29 la Ley de Organizaciones Políticas, el Estado debe destinar con ese fin el equivalente al 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria (S/.3.95) por cada voto emitido para elegir representantes al Congreso.

La transferencia de estos recursos publicos se debe realizar a razon de un quinto por Año, distribuyendose 40% en forma igualitaria entre todas las organizaciones políticas con representación en el Congreso; y un 60% en forma proporcional a los votos obtenidos para el Legislativo.

De acuerdo a lo dispuesto en la ley, durante todo el quinquenio correspondera destinar mas de S/. 74 millones para los cuatro partidos y dos alianzas electorales que obtuvieron escAños en el parlamento.

Mas datos

En America Latina, ademas del Perú, son varios los paises en los que existe financiamiento publico para el fortalecimiento y desarrollo institucional de los partidos políticos.

Se aplica en Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Mexico, Panama, Ecuador, Guatemala, Paraguay, Republica Dominicana, Uruguay, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Chile.

Las excepciones son los casos de Bolivia y Venezuela.