Multaran a promotores y autoridades sometidas a revocatoria que no rindan cuenta de sus ingresos y gastos de campa?a electoral

Nota de prensa

6 de febrero de 2017 - 12:00 a. m.

Los promotores y las autoridades sometidas a revocatoria pagaran una multa maxima de hasta 121,500 soles si no cumplen con rendir cuenta de los ingresos y gastos en los que incurran en el marco del ejercicio de este derecho de control ciudadano, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 29 A de la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, informo la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Para este efecto, a traves de la Resolucion Jefatural N° 008-2017, el organismo electoral incorporo un titulo especial en el Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios sobre la rendicion de cuentas durante la Consulta Popular de Revocatoria.

Uno de los articulos incorporados establece que el promotor de la consulta popular de revocatoria y la autoridad sometida a consulta, sea que actuen a titulo individual o a traves de una organización, deben controlar internamente sus actividades economico ? financieras, a fin de registrar la información financiera de la campa?a electoral desde el inicio hasta la finalizacion del proceso.

En cada caso, promotores y autoridades deben sustentar la documentacion de ingresos y gastos respectivos, para lo cual deben designar una persona que haga las veces de tesorero, quien sera responsable solidariamente con el promotor o la autoridad sometida a consulta popular de revocatoria, en la recepcion y gastos de los fondos. En todos los casos, deben abrir en el sistema financiero nacional las cuentas recaudadoras que resulten necesarias.

Asimismo, la norma de la ONPE establece que el promotor de la revocatoria, la autoridad sometida a consulta, el representante de la organización o los respectivos tesoreros que presentan información incompleta relativa a las aportaciones/ingresos y gastos efectuados o no cumplan con subsanar dentro del plazo establecido la información incompleta, esta se tendra por no presentada.

Para la aplicacion de la sancion por incumplimiento de presentación de la rendicion de cuentas en el plazo final, se establece una tabla de graduacion que fija sanciones leves, graves y muy graves, en funcion de los dias de demora en la presentación de la rendicion de cuentas fuera del plazo.

Si la presentación de la rendicion de cuentas se realiza de uno a tres dias fuera del plazo, la multa sera de 5 UIT, mientras que la demora de 4 a 6 dias fuera del plazo, la multa ascendera a 10 UIT. Si el atraso es de 7 a 15 dias la sancion se elevara a 15 UIT y si va de 16 a 30 dias la multa sera de 20 UIT.

La sancion es muy grave si la rendicion de cuentas se realiza 30 dias despues de vencido el plazo, en cuyo caso la multa sera de 30 UIT (121, 500 soles).

El 25 de enero de 2017, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones convoco a Consulta Popular de Revocatoria para el domingo 11 de junio en 27 distritos de diversos puntos del pais.

El proceso comprende a 89 autoridades municipales (26 alcaldes y 63 regidores) que pertenecen a los distritos de La Jalca y San Cristobal (departamento de Amazonas); Coris, Huacllan, Succha, Masin, Pamparomas, Santa Cruz, Llama, Macate (Ancash); Tumay Huaraca, Soraya y Turpay (Apurimac).

Asimismo, a los distritos de Oco?a, Ayo, Tisco (Arequipa); Chiara, Colta (Ayacucho); Utco (Cajamarca); San Pedro (Cusco); Rondos (Huanuco); Condormarca, Sitabamba (La Libertad); Zu?iga, Madean (Lima); Phara (Puno) y Camilaca (Tacna).