ONPE aprueba diseño de cédula de sufragio para Elecciones Municipales Complementarias 2025

Nota de prensa
Personeros podrán presentar impugnaciones
ONPE aprueba diseño de cédula de sufragio para Elecciones Municipales Complementarias 2025

12 de junio de 2025 - 8:36 a. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el diseño de la cédula de sufragio que se utilizará en las Elecciones Municipales Complementarias (EMC) 2025, a desarrollarse en los distritos cajamarquinos de Pion (Chota) y Ninabamba (Santa Cruz), según la Resolución Jefatural n.° 000091-2025-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano. La boleta de sufragio medirá 15.00 cm. de largo por 21.00 cm. de ancho, en formato horizontal.

En el anverso aparece un código de barras impreso en la esquina superior derecha y debajo, centrado en dos líneas, el nombre del proceso electoral, así como de la región a la que pertenece. A continuación, se muestra el nombre del distrito donde se realizará el proceso electoral.

Asimismo, en el cuerpo de la cédula se consignan dos filas, con dos secciones claramente diferenciadas. Al lado izquierdo aparecen los nombres de las organizaciones políticas participantes en los comicios y, hacia el lado derecho, sus respectivos símbolos, impresos a todo color. En esta sección también aparecen impresas las instrucciones para que el elector marque con una cruz (+) o un aspa (x) dentro del recuadro del símbolo de su preferencia.

A su vez, en el reverso, se encuentran los espacios para la firma obligatoria del presidente de mesa y la rúbrica opcional de los personeros que se encuentren presentes en el acto de instalación de la mesa.

Según los artículos 159 y 165 de la Ley N°26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), es función de la ONPE determinar las características y el diseño de la cédula de sufragio, además de disponer su impresión y distribución, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector.

Igualmente, corresponde que el diseño y el procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos deban publicarse y presentarse ante los personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos, ante el Jurado Electoral Especial. Esto es con el objeto de que los personeros puedan presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio de conformidad con el artículo 167 de la LOE.

Mediante Decreto Supremo N.º 128-2024-PCM, la Presidencia de la República convocó a EMC 2025 para el 28 de setiembre de 2025, con la finalidad de elegir a alcaldes y regidores de los concejos municipales en los distritos cajamarquinos de Pion (provincia de Chota) y Ninabamba (provincia de Santa Cruz).

El pasado 27 de febrero, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el padrón electoral definitivo que será empleado durante las EMC 2025, el mismo que comprende a 3,145 electores hábiles de los dos distritos del departamento de Cajamarca convocados para el desarrollo de los comicios.

De igual manera, el organismo electoral aprobó, mediante Resolución Jefatural n.° 000090-2025-JN/ONPE, las instrucciones para el sorteo de ubicación de los partidos políticos en la cédula de sufragio, la misma que también ha sido publicada en el diario oficial El Peruano.