ONPE cancela la asistencia técnica a la Universidad Nacional de Ingeniería
Nota de prensaElecciones están programadas para el miércoles 30 de octubre

28 de octubre de 2024 - 4:13 p. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) canceló el servicio de asistencia técnica con Voto Electrónico No Presencial (VENP), en la elección de representantes docentes y representantes estudiantiles ante los órganos de gobierno de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), programada para el 30 de octubre de 2024.
La cancelación se hizo efectiva a través de la carta n.° 007776-2024-GSFP/ONPE (25OCT2024), suscrita por Lidia Flores Jesfen, gerente de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, dirigida a Oscar F. Silva Campos, presidente del Comité Electoral Universitario de la UNI.
La misiva adjunta la opinión técnica emitida con el informe n.° 00500-2024-SGAT-GSFP/ONPE (25OCT2024) en el que se precisa que, en materia de causales de exclusión de candidaturas y de tachas, toda referencia a normas legales distintas a la Ley Universitaria n.° 30220, resulta inaplicable, pues solo son exigibles para postular los requisitos que ésta prevé.
La ONPE precisa que si bien respeta la autonomía del Comité Electoral, reconocida por la Ley Universitaria, su participación está condicionada al respeto de la norma electoral vigente, ya que solo así se cumple el mandato de garantizar la legalidad y transparencia de las elecciones universitarias.
El organismo electoral subraya que la cancelación de su participación en las elecciones universitarias, está prevista en la directiva “Participación de la ONPE en la elección de autoridades universitarias” con código DI02-GSFP/AT, Versión 01, aprobada con Resolución Jefatural n.° 003571-2022-JN/ONPE (30SET2022).
Es de precisar que la ONPE no tiene competencias resolutivas para cancelar o declarar nulo un proceso electoral universitario, en respeto de la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política del Perú y de la autonomía del Comité Electoral Universitario reconocida por la Ley Universitaria n.° 30220.
La cancelación se hizo efectiva a través de la carta n.° 007776-2024-GSFP/ONPE (25OCT2024), suscrita por Lidia Flores Jesfen, gerente de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, dirigida a Oscar F. Silva Campos, presidente del Comité Electoral Universitario de la UNI.
La misiva adjunta la opinión técnica emitida con el informe n.° 00500-2024-SGAT-GSFP/ONPE (25OCT2024) en el que se precisa que, en materia de causales de exclusión de candidaturas y de tachas, toda referencia a normas legales distintas a la Ley Universitaria n.° 30220, resulta inaplicable, pues solo son exigibles para postular los requisitos que ésta prevé.
La ONPE precisa que si bien respeta la autonomía del Comité Electoral, reconocida por la Ley Universitaria, su participación está condicionada al respeto de la norma electoral vigente, ya que solo así se cumple el mandato de garantizar la legalidad y transparencia de las elecciones universitarias.
El organismo electoral subraya que la cancelación de su participación en las elecciones universitarias, está prevista en la directiva “Participación de la ONPE en la elección de autoridades universitarias” con código DI02-GSFP/AT, Versión 01, aprobada con Resolución Jefatural n.° 003571-2022-JN/ONPE (30SET2022).
Es de precisar que la ONPE no tiene competencias resolutivas para cancelar o declarar nulo un proceso electoral universitario, en respeto de la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política del Perú y de la autonomía del Comité Electoral Universitario reconocida por la Ley Universitaria n.° 30220.