Resolución Jefatural N.° RJ-206-2025-JN

5 de enero de 2026

Delegar en la Secretaría General, en el marco de la Ley n.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, lo siguiente:
a) Aprobar las contrataciones de los procedimientos de selección no competitivos, en los siguientes supuestos: situación de emergencia, situación de desabastecimiento; y, prestaciones no ejecutadas de un contrato resuelto o declarado nulo por las causales a) y b) del numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley.
Delegar en la Gerencia de Administración, en el marco de la Ley n.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, lo siguiente:
a) Aprobar, modificar o cancelar las solicitudes de compra centralizada.
b) Aprobar, modificar o cancelar las participaciones de la entidad en una Compra Corporativa Facultativa.
c) Aprobar las prestaciones adicionales de obra, bajo el “sistema de entrega solo construcción” y bajo el “sistema de entrega diseño y construcción”, hasta por el monto máximo permitido, según lo estipulado en los artículos 194° y 195 del Reglamento.
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RJ-206-2025-JN

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