Resolución de Secretaría General N.° RSG-38-2025-SG

9 de julio de 2025

Modificar el artículo 61 del Reglamento Interno de los Servidores Civiles (RIS) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, versión 00, aprobado mediante Resolución n.° 000058-2024-SG/ONPE, por el siguiente texto:

Artículo 61
El encargo puede ser de dos tipos:
a) Encargo de Puesto: es la acción de personal mediante la cual se encarga a un servidor civil el desempeño temporal de un puesto que cuente con plaza vacante y presupuesta.
b) Encargo de Funciones: es la acción de personal temporal, excepcional y fundamentado, mediante la cual un servidor civil desempeña las funciones del titular ausente por vacaciones, licencia, destaque o comisión de servicio.

En ambos casos, el encargo se formaliza mediante Resolución de la Gerencia de Recursos Humanos, a excepción del encargo del Jefe Nacional, que se formalizará la autorización mediante Resolución Jefatural.

El encargo de puesto solo procede siempre y cuando el servidor civil cumpla con el perfil del puesto y en ningún caso debe exceder el período presupuestal anual.”

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RSG-38-2025-SG

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Modifica las siguientes normas: