Resolución de Gerencia General N.° RG-4-2025-GG

3 de febrero de 2025

Respecto al extremo del Recurso de Apelación de fecha 3 de diciembre de 2024, referido al ejercicio del derecho de petición/consultas, corresponde encauzarlo como queja por defecto de tramitación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
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RG-4-2025-GG

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