Resolución Jefatural - PAS N.° 11-2025-JN/ONPE
15 de enero de 2025
SANCIONAR al medio de comunicación RADIO TELEVISION
DOBLE RL E.I.R.L. (RADIO HURACAN 88.7 FM) con una multa de dieciséis (16)
Unidades Impositivas Tributarias, conforme al literal b) del artículo 36-A de la LOP, por
la comisión de la infracción grave tipificada en el inciso 36-D.2 del artículo 36-D de la
LOP, por difundir propaganda electoral distinta a la contratada como financiamiento
público indirecto.
DOBLE RL E.I.R.L. (RADIO HURACAN 88.7 FM) con una multa de dieciséis (16)
Unidades Impositivas Tributarias, conforme al literal b) del artículo 36-A de la LOP, por
la comisión de la infracción grave tipificada en el inciso 36-D.2 del artículo 36-D de la
LOP, por difundir propaganda electoral distinta a la contratada como financiamiento
público indirecto.