Resolución Jefatural N.° RJ-3405-2022-JN

23 de setiembre de 2022

Precisar el inciso c) del artículo 60 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales modificado por la Resolución Jefatural n.° 001541-2022-JN/ONPE, señalando que la facultad de revisar y suscribir los contratos de bienes contempla tanto a bienes muebles como inmuebles; con eficacia anticipada a la fecha de la referida resolución, es decir, 25 de abril de 2022.
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