Resolución Jefatural N.° RJ-2089-2022-JN

31 de mayo de 2022

SANCIONAR a la organización política MOVIMIENTO ACCIÓN NACIONALISTA PERUANO con una multa de doce con ocho décimas (12.8) Unidades Impositivas Tributarias, conforme al artículo 36-A de la LOP, el artículo 133 del RFSFP y el inciso 2 del artículo 257 del TUO de la LPAG, por la comisión de la infracción leve tipificada en el numeral 5 del literal b) del artículo 36 de la LOP, por no llevar libros de contabilidad.
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