Resolución Jefatural N.° RJ-2089-2022-JN
31 de mayo de 2022
SANCIONAR a la organización política MOVIMIENTO ACCIÓN NACIONALISTA PERUANO con una multa de doce con ocho décimas (12.8) Unidades Impositivas Tributarias, conforme al artículo 36-A de la LOP, el artículo 133 del RFSFP y el inciso 2 del artículo 257 del TUO de la LPAG, por la comisión de la infracción leve tipificada en el numeral 5 del literal b) del artículo 36 de la LOP, por no llevar libros de contabilidad.