Resolución Jefatural N.° RJ-169-2021-JN
7 de julio de 2021
Disponer que el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (CAFAE ONPE), proceda a la liquidación y, de ser el caso, a la devolución de aportes de tardanzas e inasistencias de trabajadores de la ONPE y/o transferencias de fondos públicos que se hubieran podido realizar a favor de dicho Comité, a la liquidación de su personería legal o a la adecuación de sus Estatutos, eliminando de la misma, a la representación de la entidad, así como al saneamiento contable que corresponda; otorgándole para dichos efectos el plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución.