Solicitar pensión de jubilación según D.L. N° 19990

Si eres asegurado del Sistema Nacional de Pensiones (D.L. N° 19990), realizaste un mínimo de 20 años de aportaciones (240 unidades de aporte), y ya cumpliste 65 años, puedes solicitar tu pensión de jubilación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Ten en cuenta que la pensión máxima es de S/ 893.00 y la mínima es de S/ 600.00 , ambos montos estarán sujetos al descuento del 4% de EsSalud.​

Requisitos

  • Solicitud según formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Clave virtual del Centro de Atención, si no la tienes debes solicitarla.
  • Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral o declaración simple que consigne el vínculo laboral. Entre los documentos que el asegurado puede adjuntar para acreditar su relación laboral se encuentran: certificados de trabajo, boletas de pago de remuneraciones, liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales, constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (Orcinea) emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o del Seguro Social de Salud (EsSalud), o cualquier documento público conforme al artículo 235° del Código Procesal Civil.
  • Copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR), Certificados de Pago Especial (CPE) u otros comprobantes de pago emitidos por el ex IPSS o EsSalud, siempre que dicha información no se encuentre en los sistemas que administra la Oficina de Normalización Previsional.

Modalidad: Online

Hazlo de forma digital:

Lee las recomendaciones y haz clic en “Ingresar”. Selecciona e ingresa tu tipo y número de documento y tu clave virtual. Finalmente, haz clic en el botón “Iniciar videollamada” para conectarte con uno de nuestros asesores que recibirá tu solicitud de pensión en tiempo real. De corresponder, el intercambio de documentos se realizará a través de correo electrónico. La atención por videollamada es de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

En un periodo máximo de 30 días calendario, se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo electrónico o a tu domicilio. Si la respuesta tarda más tiempo, se te otorgará una pensión provisional hasta que se emita la resolución.

Todas las notificaciones serán enviadas al correo electrónico que registraste. Por favor, verifica constantemente tu bandeja de entrada o de correo no deseado.

Solicita tu atención virtual

Si tienes dudas, comunícate a ONP Te escucha (01) 6342222 a nivel nacional, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.