Comunicado a las Entidades Públicas y Sociedades de Beneficencia Pública

Comunicado
En aplicación del Decreto de Urgencia Nº 037-94

Oficina de Relaciones Institucionales

24 de julio de 2020 - 8:47 p. m.

El 24 de febrero de 2020, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, la Resolución Directoral Nº 001-2020-EF/53.01, que aprueba las normas complementarias para el funcionamiento de la Comisión Especial, creada para evaluar y cuantificar la devolución de los montos que fueron descontados a los servidores de la administración publica en aplicación del Decreto de Urgencia Nº 037-941.

Al respecto, la citada Resolución Directoral establece un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, para que las entidades públicas remitan a la Secretaria Técnica de la Comisión Especial, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), la información sobre las beneficiarias y beneficiarios sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, que se les haya realizado algún descuento a la bonificación a que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 037-942, tanto en actividad como aquellos que dejaron de laborar.

En ese sentido, y dado el actual Estado de Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional, la Comisión Especial comunica que se recibirá la referida documentación3 hasta el 20 de agosto de 2020 únicamente a través de la Mesa de Partes Virtual de la ONP a nivel nacional: mesadepartes@onp.gob.pe, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m.


Cabe mencionar que aquellas entidades que ingresen documentación fuera de dicho horario, la recepción se considerará al día hábil siguiente.Finalmente, la Secretaria Técnica de la Comisión Especial ha habilitado el correo electrónico: RD001-2020@onp.gob.pe con la finalidad de brindar asesoría y apoyo técnico sobre la información que deberán presentar para cuantificar los montos a devolver a los mencionados trabajadores.

Secretaría Técnica

Comisión Especial reactivada por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019

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