OEFA ordena a Agroindustrial Pomalca realizar estudios para establecer distancias mínimas para la quema de caña de azúcar

Nota de prensa
Esta medida busca evitar la afectación de los centros poblados cercanos a los campos de cultivos.
OEFA ordena a Agroindustrial Pomalca realizar estudios para establecer distancias mínimas para la quema de caña de azúcar
OEFA ordena a Agroindustrial Pomalca realizar estudios para establecer distancias mínimas para la quema de caña de azúcar
OEFA ordena a Agroindustrial Pomalca realizar estudios para establecer distancias mínimas para la quema de caña de azúcar

Oficina de Relaciones Institucionales y Atención a la Ciudadanía

8 de febrero de 2023 - 10:24 a. m.

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), organismo adscrito al Ministerio del Ambiente (MINAM), ordenó a la Empresa Agroindustrial Pomalca S.A.A. realizar modelamientos de dispersión de contaminantes atmosféricos para la actividad de cosecha mediante quema en los campos de cultivos de la Planta Pomalca, ubicada en la Carretera Chiclayo – Chongoyape Km 7, distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Esta medida de carácter particular fue dictada con la finalidad de establecer distancias mínimas para la quema de los campos de cultivo de caña de azúcar cercanos a los centros poblados San Antonio, Saltur, Sipán y los distritos de Pucalá, Cuculí, Pacherrez y Pomalca.

Durante la última supervisión realizada en el 2022, el OEFA identificó que de las 7341.18 hectáreas destinadas al cultivo de caña de azúcar de propiedad la Empresa Agroindustrial Pomalca S.A.A., todas vienen siendo cosechadas mediante quema con una frecuencia diaria, sin considerar distancias, horarios, la dirección ni velocidad del viento, para evitar la afectación de poblaciones cercanas. En el caso del centro poblado Pomalca, se verificó que dichos campos de cultivo se encuentran ubicados a una distancia mínima de 10 a 20 metros de la quema, advirtiéndose un alto riesgo de afectación a las personas.

Detalle de la medida impuesta:

De acuerdo con lo ordenado por el OEFA, la Empresa Agroindustrial Pomalca S.A.A. tiene un plazo de 6 meses para elaborar el modelamiento de dispersión de contaminantes, el cual deberá considerar los parámetros material particulado (PM10 y PM2,5), dióxido de azufre (SO2), dióxido de nitrógeno (NO2) y monóxido de carbono (CO); siendo necesario que acredite su cumplimiento ante el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), quien lo evaluará. Parte de la medida establece que la empresa deberá informar mensualmente su avance del proceso de modelamiento, siendo el plazo máximo de presentación el próximo 29 de junio de 2023.

Tal como lo indica el marco regulatorio en la materia, la determinación de distancias o áreas de prohibición de quema de caña cercana a centros poblados, deben formar parte del Programa de Adecuación y Manejo ambiental (PAMA), estudio exigible por el Ministerio de la Producción.

Datos:

  • La quema de caña de azúcar produce la emisión de material particulado (PM10 y PM2,5), dióxido de carbono (CO2), monóxido de carbono (CO), entre otros contaminantes atmosféricos, que pueden ocasionar efectos a corto y largo plazo sobre la salud de las personas, siendo los más vulnerables los niños y ancianos.

  • Se ha determinado que la Empresa Agroindustrial Pomalca S.A.A. realiza la cosecha diaria mediante quema de aproximadamente 0.31 a 27.80 Ha de caña de azúcar.

  • De la revisión del portal web de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), se advierte que Pomalca inició actividades de elaboración de azúcar el 03 de octubre de 1970; sin embargo, hasta la fecha su Planta Pomalca no cuenta con un instrumento de gestión ambiental, según la relación de estudios ambientales aprobados por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Ministerio de la Producción.