Resolución de Secretaría General N.° 047-2017-OEFA/SG
8 de junio de 2017
IMPONER a la señora LILI CARMEN SÁNCHEZ VERA, en su condición de Jefa de la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano, la sanción de amonestación escrita, al haber gestionado la contratación de un consultor para la elaboración del estudio de Línea Base-CAP del Proyecto de Inversión Pública (PIP) denominado "Mejoramiento del Servicio de Información Nacional de Denuncias Ambientales - Sinada en la Sede Central de Lima y 7 Oficinas Desconcentradas en los departamentos de Loreto, Cusco, Junín, Piura, Arequipa, Puno y Madre de Dios", sin haber comunicado a la Oficina de Programación e Inversiones del Ministerio del Ambiente, sobre la modificación del cronograma, ni haber advertido que la necesidad de contar con dicho servicio resultaba extemporánea, generando así que el producto obtenido no sea utilizado para los fines que establecía el Proyecto SINADA; con lo cual incurrió en la falta ética tipificada en el Artículo 7° del Reglamento del Régimen Disciplinario y de Ética Pública del OEFA, aprobado por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 126-2012-OEFNPCD, por vulneración del deber de Responsabilidad consagrado en el Numeral 6 del Artículo 7° de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública