Resolución N° 540-2025-OEFA/TFA/SE
Documento de Gestión
7 de octubre de 2025
Se confirma la Resolución Directoral N.° 00993-2025-OEFA/DFAI del 30 de julio de 2025, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N.° 01490-2024-OEFA/DFAI del 24 de julio de 2024, que determinó la responsabilidad administrativa de Frontera Energy del Perú S.A. (ahora, Frontera Energy del Perú S.A. En Liquidación) por la comisión de la única conducta infractora descrita en el cuadro N.° 3 de la presente resolución y le impuso la multa ascendente a 19,972 (diecinueve con 972/1000)1 Unidades Impositivas Tributarias.
Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)
