Resolución N° 538-2025-OEFA/TFA-SE

Documento de Gestión

2 de octubre de 2025

Se confirma la Resolución Directoral N° 00862-2025-OEFA/DFAI del 30 de junio de 2025, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 01628-2023-OEFA/DFAI, en el extremo que determinó la responsabilidad admnistrativa de Olympic Perú Inc. Surcursal del Perú por la comisión de la conducta infractora descrita en el numeral 2 del cuadro Nº 1 de la presente resolución, y lo sancionó con una multa de 19,738 (diecinueve con 738/1000) Unidades Impositivas Tributarias. (...)

Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)

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