Resolución N° 068-2015-OEFA/TFA-SEM

Documento de Gestión

27 de octubre de 2015

ENMENDAR la Resolución Directoral N° 498-2015-OEFA/DFSAI del 29 de mayo de 2015, precisándose que las siguientes infracciones i) realizar actividades de explotación minera en los tajos Push Back Sur y Alumbre sin contar con Estudio de Impacto Ambiental aprobado por el Ministerio de Energía y Minas; y, ii) habilitar, construir y disponer desmontes en los botaderos de desmontes Alumbre Este, Alumbre Oeste, Suro Sur y Contratas, sin contar con el Estudio de Impacto Ambiental aprobado por el Ministerio de Energía y Minas, no se encuentran dentro de los supuestos de excepción establecidos en los literales a), b) y c) del artículo 19° de la Ley N° 30230.

Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)

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