Resolución N° 569-2022-OEFA/TFA-SE

Documento de Gestión

28 de diciembre de 2022

Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral Nº 1234-2021-OEFA/DFAI-SFEM del 30 de diciembre de 2021 y la Resolución Directoral Nº 1001-2022-OEFA/DFAI del 30 de junio de 2022 en el extremo que imputó y declaró, respectivamente, la responsabilidad administrativa de Frontera Energy del Perú S.A. por la comisión de la conducta infractora Nº 1 descrita en el Cuadro Nº 1 de la presente resolución, así como la correspondiente multa, al haberse vulnerado los principios de legalidad y tipicidad; en consecuencia, corresponde se retrotraiga este extremo del procedimiento administrativo sancionador hasta el momento en el que el vicio se produjo.

Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)

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