Resolución N° 00145-2022-OEFA/TFA-SE
Documento de Gestión
7 de abril de 2022
Se revoca la Resolución Directoral N° 02280-2021-OEFA/DFAI del 30 de setiembre de 2021, en los extremos referidos al cálculo efectuado por la primera
instancia para las multas impuestas a Compañía Minera Lincuna S.A. por la comisión de las conductas infractoras Nros. 1, 2, 3, 6, 8 y 9, descritas en el Cuadro
N° 1 de la presente resolución, con una multa total ascendente a 191,201 (ciento noventa y uno con 201/1000)1 Unidades Impositivas Tributarias; reformándola a una multa total ascendente a 83,01 (ochenta y tres con 01/100) Unidades Impositivas Tributarias.
instancia para las multas impuestas a Compañía Minera Lincuna S.A. por la comisión de las conductas infractoras Nros. 1, 2, 3, 6, 8 y 9, descritas en el Cuadro
N° 1 de la presente resolución, con una multa total ascendente a 191,201 (ciento noventa y uno con 201/1000)1 Unidades Impositivas Tributarias; reformándola a una multa total ascendente a 83,01 (ochenta y tres con 01/100) Unidades Impositivas Tributarias.
Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)