Resolución N° 1519-2017-OEFA/DFSAI
Documento de Gestión
12 de diciembre de 2017
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Cañariaco Copper Perú S.A. por la comisión de la infracción ind icada en el cuadro del Artículo 1° de la Resolución Subdirectora! No 1446-2016-OEFA/DFSAI/SDI; de conformidad con los fundamentos señalados en la presente Resolución.
Declarar que en el presente caso no resulta pertinente el dictado de una medida correctiva a Cañariaco Copper Perú S.A. por la infracción detallada en el cuadro del Artículo 1 o de la Resolución Subdirectoral N° 1446-2016-OEFA/DFSAI/SDI; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar que en el presente caso no resulta pertinente el dictado de una medida correctiva a Cañariaco Copper Perú S.A. por la infracción detallada en el cuadro del Artículo 1 o de la Resolución Subdirectoral N° 1446-2016-OEFA/DFSAI/SDI; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
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