Resolución N° 387-2015-OEFA/DFSAI
Documento de Gestión
30 de abril de 2015
Se declara la existencia de responsabilidad administrativa de la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. al haberse acreditado que en el Almacén de Residuos Peligrosos de la Central Hidroeléctrica Aricota I no realizó un adecuado acondicionamiento de sus residuos sólidos.
Asimismo, se ordena a la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. que, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, cumpla con acreditar que a la fecha en el Almacén de Residuos Sólidos Peligrosos de la Central Hidroeléctrica Aricota I se realiza un adecuado acondicionamiento de los residuos sólidos, conforme a lo señalado en el Artículo 38° del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2004-PCM.
Para acreditar el cumplimiento de la referida medida correctiva, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contado desde el día siguiente de vencido el plazo para cumplir con la medida correctiva, la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. deberá remitir a esta Dirección los medios probatorios visuales (fotografías a color, con fecha cierta y coordenadas UTM WGS), que acrediten que en la actualidad en el Almacén de Residuos Peligrosos de la Central Hidroeléctrica Aricota I, se realiza un adecuado acondicionamiento de residuos sólidos.
Finalmente, se dispone la inscripción en el Registro de Actos Administrativos (RAA) de la presente resolución, sin perjuicio de que si ésta adquiere firmeza será tomada en cuenta para determinar la reincidencia y su posible inscripción en el registro correspondiente, de acuerdo al segundo párrafo del Numeral 2.2 del Artículo 2° de las Normas reglamentarias que facilitan la aplicación de lo establecido en el Artículo 19° de la Ley N° 30230 – Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 026-2014-OEFA/CD.
Asimismo, se ordena a la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. que, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, cumpla con acreditar que a la fecha en el Almacén de Residuos Sólidos Peligrosos de la Central Hidroeléctrica Aricota I se realiza un adecuado acondicionamiento de los residuos sólidos, conforme a lo señalado en el Artículo 38° del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2004-PCM.
Para acreditar el cumplimiento de la referida medida correctiva, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contado desde el día siguiente de vencido el plazo para cumplir con la medida correctiva, la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. deberá remitir a esta Dirección los medios probatorios visuales (fotografías a color, con fecha cierta y coordenadas UTM WGS), que acrediten que en la actualidad en el Almacén de Residuos Peligrosos de la Central Hidroeléctrica Aricota I, se realiza un adecuado acondicionamiento de residuos sólidos.
Finalmente, se dispone la inscripción en el Registro de Actos Administrativos (RAA) de la presente resolución, sin perjuicio de que si ésta adquiere firmeza será tomada en cuenta para determinar la reincidencia y su posible inscripción en el registro correspondiente, de acuerdo al segundo párrafo del Numeral 2.2 del Artículo 2° de las Normas reglamentarias que facilitan la aplicación de lo establecido en el Artículo 19° de la Ley N° 30230 – Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 026-2014-OEFA/CD.
Esta publicación pertenece al compendio Resoluciones de DFAI