Resolución N° 054-2014-OEFA/TFA

Documento de Gestión

27 de marzo de 2014

Se confirma la Resolución Directoral N° 545-2013-OEFA/DFSAI del 29 de noviembre de 2013, por cuanto se acreditó que Impala no cumplió con la Recomendación  N° 2 efectuada en la supervisión del año 2008 y con lo establecido en el EIA debido a que  las rumas de concentrados de minerales no estaban cubiertas con mantas y que el muro  perimetral del depósito era usado como muro de contención. No obstante se revoca dicha resolución en el extremo referido al incumplimiento del EIA,  en tanto las rumas de concentrados sobrepasaban la altura máxima de apilamiento y respecto a la falta de presentación de documentación al no haberse acreditado que  Impala haya incumplido con dichas disposiciones”. 

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Tribunal de Fiscalización Ambiental OEFA/TFA

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