Resolución N° 053-2014-OEFA/TFA

Documento de Gestión

27 de marzo de 2014

“Se confirma la Resolucion Directoral N° 547-2013-OEFA/DFSAI del 29 de noviembre de 2013, por cuanto se acreditó que Impala no cumplió con la Recomendación N° 4 efectuada en la supervisión del año 2008 y con lo establecido en el EIA debido a que las losas se encontraron con rajaduras y las rumas de concentrados de minerales no estaban cubiertas con mantas. No obstante, se declara la nulidad de dicha resolución en el extremo referido al incumplimiento de la Recomendación N° 5, así como al incumplimiento del EIA referido a la imputación de que las rumas de concentrados de minerales no estaban identificadas, ello al no haberse acreditado que Impala haya incumplido con dichas disposiciones”.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Tribunal de Fiscalización Ambiental OEFA/TFA

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