Resolución N° 338-2020-OEFA/TFA-SE
Documento de Gestión
30 de diciembre de 2020
SUMILLA:Se confirma la Resolución Directoral N° 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019 que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Great Panther Coricancha S. A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en los numerales 1, 2 y 4 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
Se declara la nulidad de la Resolución Directoral N° 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo que sancionó a Great Panther Coricancha S.A. con una multa ascendente a 58.708 (cincuenta y ocho con 708/1000) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago, por la conducta infractora descrita en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, al haberse
vulnerado el principio del debido procedimiento; y, en consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo.
Se revoca la Resolución Directoral 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo referido a los fundamentos del cálculo de multa efectuado por la primera instancia; correspondiendo sancionar a Great Panther Coricancha S.A. por el monto sscendente a 76.777 (setenta y seis con 777/1000) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago, respecto de las conductas infractoras detalladas en los numerales 2, 3, 4 y 5 del Cuadro N° 1 de la presente resolución.
Se revoca la Resolución Directoral N° 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo que ordenó a Great Panther Coricancha S.A. el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en los numerales 1 y 2 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, respecto de las obligaciones (iii), (iv) y (v) y de la obligación (iii), respectivamente, por los fundamentos establecidos en la parte considerativa.
Se declara la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo que determinó el dictado de las medidas correctivas detalladas en el Cuadro N° 3 de la presente resolución; en consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento sancionador hasta el momento en que el vicio se produjo.
Se declara la nulidad de la Resolución Directoral N° 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo que sancionó a Great Panther Coricancha S.A. con una multa ascendente a 58.708 (cincuenta y ocho con 708/1000) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago, por la conducta infractora descrita en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, al haberse
vulnerado el principio del debido procedimiento; y, en consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo.
Se revoca la Resolución Directoral 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo referido a los fundamentos del cálculo de multa efectuado por la primera instancia; correspondiendo sancionar a Great Panther Coricancha S.A. por el monto sscendente a 76.777 (setenta y seis con 777/1000) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago, respecto de las conductas infractoras detalladas en los numerales 2, 3, 4 y 5 del Cuadro N° 1 de la presente resolución.
Se revoca la Resolución Directoral N° 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo que ordenó a Great Panther Coricancha S.A. el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en los numerales 1 y 2 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, respecto de las obligaciones (iii), (iv) y (v) y de la obligación (iii), respectivamente, por los fundamentos establecidos en la parte considerativa.
Se declara la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 1897-2019-OEFA-DFAI del 28 de noviembre de 2019, en el extremo que determinó el dictado de las medidas correctivas detalladas en el Cuadro N° 3 de la presente resolución; en consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento sancionador hasta el momento en que el vicio se produjo.
Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)