Resolución N° 308-2020-OEFA/TFA-SE
Documento de Gestión
23 de diciembre de 2020
SUMILLA:En cumplimiento de lo ordenado en la Resolución N° 15 del 3 de setiembre de 2020, expedida por el Primer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, dictada en ejecución de sentencia, respecto del Expediente N° 127-2011-DFSAI/PAS, se resuelve: Declarar la NULIDAD del artículo 2° de la Resolución N° 185-2013-OEFA/TFA, por el cual se impuso a Fénix Power Perú S.A. una multa de 12.52 (doce con 52/100) Unidades Impositivas Tributarias; y, en atención al mandato judicial, la sanción económica se reduce a 5.00 (cinco 00/100) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago.
Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)