Resolución N° 303-2020-OEFA/TFA-SE
Documento de Gestión
22 de diciembre de 2020
SUMILLA:Se confirma la Resolución Directoral N° 02071-2019-OEFA/DFAI del 18 de diciembre de 2019, en el extremo que declaró el incumplimiento de la medida correctiva correspondiente a la conducta infractora N° 2 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución.
Finalmente, se declara la nulidad de la Resolución Directoral N° 02071-2019-OEFA/DFAI del 18 de diciembre de 2019, en el extremo que impuso una multa ascendente a 391.03 (trescientos con noventa y uno con 03/100) Unidades Impositivas Tributarias, por la vulneración del principio de debido procedimiento; en consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo.
Finalmente, se declara la nulidad de la Resolución Directoral N° 02071-2019-OEFA/DFAI del 18 de diciembre de 2019, en el extremo que impuso una multa ascendente a 391.03 (trescientos con noventa y uno con 03/100) Unidades Impositivas Tributarias, por la vulneración del principio de debido procedimiento; en consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo.
Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)