Resolución N° 277-2020-OEFA/TFA-SE
Documento de Gestión
9 de diciembre de 2020
SUMILLA:Se rectifican los errores materiales incurridos en el Cuadro Nº 9 del Informe Nº 01340-2019-OEFA/DFAI-SSAG.
De igual manera, se confirma la Resolución Directoral N° 02104-2019-OEFA/DFAI a través de la cual se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Inversiones Perú Pacífico S.A contra la Resolución Directoral Nº 01768-2019-OEFA-DFAI, a través de la cual se declaró la responsabilidad administrativa de aquel por la comisión de la conducta infractora Nº 3 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución.
De otro lado, se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral Nº 00070-2019-OEFA/DFAI/SFAP, a través de la cual se inició el procedimiento administrativo sancionador contra Inversiones Perú Pacífico S.A. por la comisión de la conducta infractora Nº 2, así como la de los posteriores actos emitidos en razón de ella; debiéndose archivar dicho extremo del procedimiento administrativo sancionador.
Asimismo, se declara la nulidad de la Resolución Directoral Nº 01768-2019-OEFA-DFAI, a través de la cual se sancionó a Inversiones Perú Pacífico S.A. con una multa ascendente a 0.98 (cero con 98/100) Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de la conducta infractora Nº 1; debiéndose retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo.
Finalmente, se revoca la Resolución Directoral Nº 01768-2019-OEFA-DFAI, en el extremo referido a los fundamentos del cálculo de multa efectuado por la primera instancia respecto de la conducta infractora Nº 3; multa que, por las consideraciones expuestas en la presente resolución, se mantiene en el monto ascendente a 0.63 (cero con 63/100) Unidades Impositivas Tributarias.
De igual manera, se confirma la Resolución Directoral N° 02104-2019-OEFA/DFAI a través de la cual se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Inversiones Perú Pacífico S.A contra la Resolución Directoral Nº 01768-2019-OEFA-DFAI, a través de la cual se declaró la responsabilidad administrativa de aquel por la comisión de la conducta infractora Nº 3 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución.
De otro lado, se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral Nº 00070-2019-OEFA/DFAI/SFAP, a través de la cual se inició el procedimiento administrativo sancionador contra Inversiones Perú Pacífico S.A. por la comisión de la conducta infractora Nº 2, así como la de los posteriores actos emitidos en razón de ella; debiéndose archivar dicho extremo del procedimiento administrativo sancionador.
Asimismo, se declara la nulidad de la Resolución Directoral Nº 01768-2019-OEFA-DFAI, a través de la cual se sancionó a Inversiones Perú Pacífico S.A. con una multa ascendente a 0.98 (cero con 98/100) Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de la conducta infractora Nº 1; debiéndose retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo.
Finalmente, se revoca la Resolución Directoral Nº 01768-2019-OEFA-DFAI, en el extremo referido a los fundamentos del cálculo de multa efectuado por la primera instancia respecto de la conducta infractora Nº 3; multa que, por las consideraciones expuestas en la presente resolución, se mantiene en el monto ascendente a 0.63 (cero con 63/100) Unidades Impositivas Tributarias.
Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)