Resolución N° 276-2020-OEFA/TFA-SE

Documento de Gestión

9 de diciembre de 2020

SUMILLA:Se confirma la Resolución Directoral N° 02220-2019-OEFA/DFAI del 31 de diciembre de 2019, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 01420-2019-OEFA/DFAI del 16 de septiembre de 2019, en el extremo que determinó la responsabilidad de Pesquera Nivama S.A.C. por la comisión de las conductas infractoras Ns° 1 y 2 detalladas
en el Cuadro N° 1 de la presente resolución.

Del mismo modo, revocar la Resolución Directoral N° 01420-2019-OEFA/DFAI del 16 de septiembre de 2019, en el extremo que ordenó a Nivama el cumplimiento de la medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la presente resolución.

Asimismo, se revoca la Resolución Directoral N° 01420-2019-OEFA/DFAI del 16 de septiembre de 2019, en el extremo que sancionó a Pesquera Nivama S.A.C. por la comisión de la conducta infractora N° 1, con una multa ascendente a 69.99 (sesenta y nueve y 99/100) Unidades Impositivas Tributarias; y, en consecuencia, corresponde reformarla, quedando fijada en una multa ascendente a 69.72
(sesenta y nueve y 72/100) Unidades Impositivas Tributarias.

Finalmente, se revoca la Resolución Directoral N° 01420-2019-OEFA/DFAI del 16 de septiembre de 2019, en el extremo referido a los fundamentos del cálculo de multa efectuado por la comisión de la conducta infractora N° 2; multa que, bajo el principio de prohibición de reforma en peor, se mantiene en 1.16 (un y 16/100) Unidades Impositivas Tributarias.

Esta publicación pertenece al compendio Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE)

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