Resolución N° 013-2015-OEFA/TFA-SEM

Documento de Gestión

24 de febrero de 2015

CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 510-2014-OEFA/DFSAI del 28 de agosto de 2014, en el extremo que halló responsable a Perubar S.A. por infringir lo dispuesto en los artículos 5° y 6° del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero - Metalúrgica, aprobado por Decreto Supremo N° 016-93-EM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

DECLARAR la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 510-2014-OEFA/DFSAI del 28 de agosto de 2014, en el extremo que ordenó a Perubar diversas medidas correctivas por el incumplimiento de los artículos 5° y 6° del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero - Metalúrgica, aprobado por Decreto Supremo N° 016-93-EM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería(TFA-SEM)

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