RESOLUCIÓN N° 049-2015-OEFA/TFA-SEM
Documento de Gestión
21 de julio de 2015
INTEGRAR la Resolución Directoral N° 250-2015-OEFA/DFSAl del 16 de marzo de 2015, señalando que corresponde archivar el presente procedimiento administrativo sancionador en el extremo de la conducta infractora detallada en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución y, asimismo que corresponde declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Kuri Kullu en el extremo referido a la comisión de las conductas infractoras detalladas en los numerales 2 y 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución.
CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 057-2014-OEFA/DFSAI del 21 de enero de 2014 y la Resolución Directoral N° 250-2015-OEFA/DFSAI del 16 de marzo de 2015, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 057-2014-OEFA/DFSAI del 21 de enero de 2014 y la Resolución Directoral N° 250-2015-OEFA/DFSAI del 16 de marzo de 2015, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería(TFA-SEM)