RESOLUCIÓN N° 062-2016-OEFA/TFA-SME

Documento de Gestión

29 de diciembre de 2016

"PRIMERO.- INTEGRAR la Resolución Directoral Nº 1236-2016-OEFA/DFSAI del 19 de agosto de 2016, señalando que la conducta infractora sancionada por el incumplimiento del articulo 3° del Decreto Supremo N° 015-2006-EM, en concordancia con el articulo 1° del Decreto Supremo N° 037-2008-PCM, describe que Refinería La Pampilla S.A.A. excedió los LMP de efluentes líquidos industriales en el punto de monitoreo E-14, en los parámetros DQO, coliformes totales, coliformes fecales, aceites y grasas y cloro residual durante los meses de diciembre del 2012, y enero del 2013; y en el punto de monitoreo RPAH-1 en los parámetros fósforo total y DBO durante el mes de noviembre del 2013; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1236-2016-OEFA/DFSAI del 19 de agosto de 2016, a través de la cual declaró responsable a la empresa Refinería La Pampilla S.A.A. por la comisión de las infracciones previstas en el Cuadro 1 de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1236-2016-OEFA/DFSAI del 19 de agosto de 2016, a través de la cual ordenó el cumplimiento de la medida correctiva N° 1 del Cuadro 2 de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa
CUARTO.- CALIFICAR como un procedimiento a solicitud de parte el extremo del recurso presentado por Refinería La Pampilla S.A.A. contra la Resolución Directoral Nº 1236-2016-OEFA/DFSAI en el que solicita la modificación de las medidas correctivas Nos 2 y 3 del Cuadro 2 de la presente resolución, y DISPONER que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA evalúe el referido pedido."

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería y Energía(TFA-SME)

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