RESOLUCIÓN N° 008-2016-OEFA/TFA-SME

Documento de Gestión

7 de octubre de 2016

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 604-2015-OEFA/DFSAI del 30 de junio de 2015 en el extremo, que determinó la responsabilidad administrativa de Flama Gas S.A. por incurrir en las conductas infractoras detalladas en los numerales 1, 2 y 4 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 604-2015-OEFA/DFSAI del 30 de junio de 2015, en el extremo que dispuso la inscripción del citado pronunciamiento en el Registro de Actos Administrativos del OEFA al haberse declarado la responsabilidad administrativa; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
TERCERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 604-2015-OEFA/DFSAI del 30 de junio de 2015, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Flama Gas S.A. por la comisión de la conducta infractora N° 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, y en consecuencia, retrotraer el procedimiento hasta el momento en que el vicio se produjo y devolver los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos para que proceda a emitir un nuevo pronunciamiento de acuerdo con sus atribuciones.
CUARTO.- DISPONER que, en aplicación del numeral 11.3 del artículo 11° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se adopten las acciones necesarias a efectos de determinar la responsabilidad a que hubiere lugar, de ser el caso, por la declaración de nulidad a que se refiere la segunda disposición resolutiva de la presente resolución.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería y Energía(TFA-SME)

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