RESOLUCIÓN N° 007-2016-OEFA/TFA-SME
Documento de Gestión
7 de octubre de 2016
PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 756-2016-OEFA-DFSAI del 31 de mayo de 2016, en el extremo que se declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Compañía Minera Ares S.A.C. por la conducta infractora descrita en el numeral 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 756-2016-OEFA-DFSAI del 31 de mayo de 2016, en el extremo que ordenó las medidas correctivas descritas en los numerales 1 y 2 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
TERCERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 756-2016-OEFA-DFSAI del 31 de mayo de 2016, en el extremo que declaró reincidente a Compañía Minera Ares S.A.C. por la comisión de infracciones por el incumplimiento del artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 011-96-EM/VMM, y dispuso la inscripción de dicha calificación en el Registro de Infractores Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 756-2016-OEFA-DFSAI del 31 de mayo de 2016, en el extremo que ordenó las medidas correctivas descritas en los numerales 1 y 2 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
TERCERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 756-2016-OEFA-DFSAI del 31 de mayo de 2016, en el extremo que declaró reincidente a Compañía Minera Ares S.A.C. por la comisión de infracciones por el incumplimiento del artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 011-96-EM/VMM, y dispuso la inscripción de dicha calificación en el Registro de Infractores Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería y Energía(TFA-SME)