RESOLUCIÓN N° 014-2016-OEFA/TFA-SEE

Documento de Gestión

23 de febrero de 2016

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 610-2015-OEFA/DFSAI del 30 de junio de 2015, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Norte S.A., por los hechos descritos en los numerales 1 y 2 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, referidos al incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 015-2006-EM y el numeral 75.1 del artículo 75° de la Ley N° 28611, así como la infracción prevista en el Rubro 4 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 610-2015-OEFA/DFSAI del 30 de junio de 2015, en el extremo que impuso la medida correctiva a Pluspetrol Norte S.A., por el hecho descrito en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, referido a la falta de control y mitigación eficiente del impacto negativo generado en los Sitios 1, 3 y 4 de la Batería 3, generando que el crudo migre a nuevas áreas adyacentes, impactándolas negativamente; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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