RESOLUCIÓN N° 047-2016-OEFA/TFA-SEM

Documento de Gestión

13 de setiembre de 2016

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 618-2016-OEFA/DFSAI del 29 de abril de 2016, en el extremo que se declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Compañía Minera Milpo S.A.A. por el incumplimiento del artículo 18° de la Ley N° 28611 y del artículo 6° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 016-93-EM, lo que configuró a su vez la infracción prevista en el numeral 2.2 del punto 2 del Decreto Supremo N° 007-2012-MINAM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 618-2016-OEFA/DFSAI del 29 de abril de 2016, en el extremo que declaró reincidente a Compañía Minera Milpo S.A.A. por la comisión de infracciones por el incumplimiento del artículo 6° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 016-93-EM, y dispuso la inscripción de dicha calificación en el Registro de Infractores Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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