RESOLUCIÓN N° 024-2016-OEFA/TFA-SEM

Documento de Gestión

19 de abril de 2016

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1117-2015-OEFA/DFSAI del 30 de noviembre de 2015, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Sociedad Minera El Brocal S.A.A., por el incumplimiento de las conductas infractoras descritas en los numerales 2 al 7 del Cuadro N° 1 que configuró la infracción prevista en el numeral 3.1 del punto 3 del Resolución Ministerial N° 353-2000-EM/VMM y la conducta infractora N° 8 del Cuadro N° 1 que configuró la infracción prevista en el numeral 3.2 del punto 3 del Resolución Ministerial N° 353-2000-EM/VMM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral Nº 1117-2015-OEFA/DFSAI del 30 de noviembre de 2015, en el extremo que omitió declarar reincidente a Sociedad Minera El Brocal S.A.A. por los fundamentos expuestos en el considerando 80 de la presente resolución.
TERCERO.- Declarar reincidente a Sociedad Minera El Brocal S.A.A. por los fundamentos expuestos en el considerando 82 de la presente resolución, así como disponer la publicación de la calificación de reincidente en el Registro de Infractores Ambientales del OEFA.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería(TFA-SEM)

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