RESOLUCIÓN N° 040-2017-OEFA/TFA-SME

Documento de Gestión

3 de marzo de 2017

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 1573-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre de 2016 que determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Manuel Igreda y Julio Ríos S.R.L. en el extremo referido a la comisión de la conducta infractora descrita en el numeral 2 del Cuadro N° 1 de la presente resolución y, en consecuencia, se DECLARA LA INEXISTENCIA DE INFRACCION ADMINISTRATIVA disponiéndose ARCHIVAR dicho extremo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1573-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre de 2016 que determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Manuel Igreda y Julio Ríos S.R.L. en el extremo referido a la comisión de la conducta infractora descrita en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería y Energía(TFA-SME)

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCIÓN N° 040-2017-OEFA/TFA-SME

RESOLUCIÓN N° 040-2017-OEFA/TFA-SME

PDF
3.1 MB