RESOLUCIÓN N° 033-2015-OEFA/TFA-SEPIM

Documento de Gestión

30 de noviembre de 2015

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 201-2014-OEFA/DFSAI del 31 de marzo de 2014, en el extremo que sancionó a Casamar S.A.C. por incurrir en la infracción prevista en el numeral 73 del artículo 134° del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 016-2011-PRODUCE, respecto de la conducta detallada en el ítem 3 del Cuadro Nº 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral Nº 201-2014-OEFA/DFSAI del 31 de marzo de 2014, en el extremo que sancionó a Casamar S.A.C. por incurrir en la infracción prevista en el numeral 25.5 del artículo 25° y artículo 40° del Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, respecto de la conducta detallada en el ítem 1 del Cuadro Nº 1 de la presente resolución y; en consecuencia, devolver los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA para los fines correspondientes.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SEPIM)

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