RESOLUCION N° 090-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

22 de diciembre de 2017

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 841-2017-OEFA/DFSAI del 8 de agosto de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Norte S.A. por la comisión de las conductas infractoras Nos 1, 3, 4 y 5 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 841-2017-OEFA/DFSAI del 8 de agosto de 2017, en el extremo que ordenó a Pluspetrol Norte S.A. el cumplimiento de las medidas correctivas por la comisión de las conductas infractoras Nos 4 y 5 descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- REVOCAR el artículo 1° Resolución Directoral N° 841-2017-OEFA/DFSAI del 8 de agosto de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Norte S.A por la comisión de la conducta infractora Nº 2 descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
CUARTO.- MODIFICAR el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 841-2017-OEFA/DFSAI, en el extremo que ordenó a Pluspetrol Norte S.A. cumplir con la medida correctiva descrita en el cuadro N° 2 de la presente resolución por la comisión de la conducta infractora N° 1, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
QUINTO.- DISPONER que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora, DFAI) proceda con la verificación del cumplimiento de la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 por la comisión de la conducta infractora N° 4 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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