RESOLUCION N° 080-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

30 de noviembre de 2017

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 699-2017-OEFA/DFSAI del 23 de junio de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía Minera Raura S.A. por la comisión de las conductas infractoras detalladas en el Cuadro N°1 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 699-2017-OEFA/DFSAI del 23 de junio de 2017, en extremo que declaró reincidente a Compañía Minera Raura S.A. por la comisión de la infracción dispuesta en el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 011-96-EM/VMM; por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- DISPONER que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA inscriba a Compañía Minera Raura S.A. en el Registro de Infractores Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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