RESOLUCIÓN N° 451-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

18 de diciembre de 2018

Se confirma la Resolución Directoral N° 2408-2018-OEFA/DFAI del 10 de octubre de 2018, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Alimentos Finos del Pacífico S.A., por la comisión de la conducta infractora relativa a no implementar una planta de tratamiento biológico para el tratamiento de aguas servidas en su planta de harina residual, incumpliendo lo establecido en su PMA, conducta que incumple artículo 24° de la Ley General del Ambiente, artículo 15° de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y el artículo 29° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, lo cual constituye la infracción prevista en Literal a) del numeral 4.1 del artículo 4° de la Tipificación de Infracciones administrativas y Escala de Sanciones relacionadas con los Instrumentos de Gestión Ambiental y el desarrollo de actividades en zonas prohibidas, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 049-2013-OEFA/CD, en concordancia con el numeral 2.2 del cuadro anexo a la referida norma; así como en el extremo que ordenó el cumplimiento de la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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