RESOLUCIÓN N° 436-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

10 de diciembre de 2018

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 1050-2017-OEFA/DFSAI/SDI del 12 de julio de 2017 y la Resolución Directoral N° 1858-2018-OEFA/DFAI del 16 de agosto de 2018, en el extremo que se imputó y declaró la responsabilidad administrativa de Petróleos del Perú – Petroperú S.A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como la medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la misma y, en consecuencia RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 1050-2017-OEFA/DFSAI/SDI del 12 de julio de 2017 y la Resolución Directoral N° 1858-2018-OEFA/DFAI del 16 de agosto de 2018, en el extremo que se imputó y declaró la responsabilidad administrativa de Petróleos del Perú – Petroperú S.A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como la medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la misma y, en consecuencia RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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