RESOLUCIÓN N° 420-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

4 de diciembre de 2018

Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral N° 1564-2017-OEFA-DFSAI/SDI del 29 de setiembre de 2017 y de la Resolución Directoral N° 2250-2018-OEFA-DFAI del 28 de setiembre de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Norte S.A. por exceder los Límites Máximos Permisibles de Efluentes Líquidos para el Subsector Hidrocarburos, en el punto de monitoreo 8_AS-PR; ello al haberse vulnerado el principio de legalidad. En consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento sancionador hasta el momento en que el vicio se produjo a fin de que la Subdirección de Fiscalización de Energía y Minas emita un nuevo pronunciamiento, teniendo en consideración lo expuesto en la presente resolución.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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