RESOLUCIÓN N° 382-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

14 de noviembre de 2018

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 0504-2018-OEFA/DFAI/SFEM del 28 de febrero de 2018 y de la Resolución Directoral N° 2013-2018-OEFA/DFAI del 29 de agosto de 2018, en los extremos que imputó y declaró la responsabilidad administrativa de Minera Sillustani S.A.C. por la comisión de la conducta infractora descrita en el cuadro N° 1 de la presente resolución y le ordenó el cumplimiento de la medida correctiva detallada en el cuadro N° 2 de la misma y, en consecuencia, RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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