RESOLUCIÓN N° 336-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

18 de octubre de 2018

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1068-2018-OEFA/DFAI del 31 de mayo de 2018, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía Minera Lincuna S.A. por la comisión de la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO.- CONFIRMAR el artículo 3° de la Resolución Directoral No 1068-2018-OEFA/DFAI del 31 de mayo del 2018, que impuso la medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la misma; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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