RESOLUCION N° 175-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

22 de junio de 2018

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 665-2018-OEFA/DFAI del 19 de abril de 2018, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., por la comisión de la conducta infractora N° 3 descrita en el Cuadro N° 1, así como la imposición de la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- REVOCAR la Resolución Directoral Nº 665-2018-OEFA/DFAI del 19 de abril de 2018, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., por la comisión de la conducta infractora N° 2 descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, y, en consecuencia, ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador en este extremo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
TERCERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 665-2018-OEFA/DFAI del 19 de abril de 2018 en los extremos que declaró la responsabilidad administrativa de Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. por la comisión de las conductas infractoras N° 1 y N° 4 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCION N° 175-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

RESOLUCION N° 175-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PDF
9.9 MB